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ABUSO POLICIAL Y DE LAS FUERZAS DE SEGURIDAD EN ARGENTINA

Hoy en día es muy común, que tomemos conocimiento rápidamente de hechos que antiguamente desconocíamos y que son violatorios de los derechos ciudadanos. Los grandes avances tecnológicos han enriquecido y acelerado el proceso de información transformándolos en casi instantáneos, transcurriendo solo segundos entre un hecho cometido y su difusión, abriendo en este aspecto una gran ventana, en la cual, las redes sociales, se han transformado en los ojos y vigías del mundo, donde cualquier persona puede denunciar o subir un video visibilizando y viralizando la situación en cuestión de segundos. Este nuevo escenario mundial, ha colocado sobre la mesa un tema grave, que tiene como protagonistas a las fuerzas de seguridad y las irregularidades cometidas por ellas. Todos hemos sido testigos alguna vez sobre casos de ABUSO POLICIAL, ya sea en carne propia o por la difusión en los medios de comunicación, donde podemos observar una gran paradoja, en la cual, quienes tienen el deber de protegernos son quienes cometen el acto arbitrario e ilícito, ya sea por arrogancia, abusando de su situación de poder, o por simple desconocimiento de la norma y el derecho que asiste a todos los ciudadanos.


En este pequeño articulo intentaremos abordar un tema muy delicado, entendiendo que no todas las personas que forman parte del Ministerio de Seguridad actúan bajo una forma represiva e ilegal, sino que son unos pocos, que abusando de su uniforme, evaden el cumplimiento de leyes y procedimientos básicos que son requeridos para la formación y resguardo de un estado de derecho.


En Mayo de 2017, el comité contra tortura y apremios ilegales de la ONU público en su informe trimestral varias advertencias al Estado Argentino, reflejando datos preocupantes en virtud de la información recolectada del Gobierno Nacional, como así también, de asociaciones Civiles y de derechos humanos. En dicho informe se indicó que existe gran preocupación ante el maltrato propinado en los diferentes estratos de las fuerzas de seguridad, principalmente del personal policial y del servicio penitenciario. El comité en su informe mostro profunda preocupación por los patrones de violencia y arbitrariedad por parte de las fuerzas de seguridad Federal y Provincial en el marco de detenciones policiales sin orden judicial, particularmente puso la lupa en:

  • Abuso en las detenciones de jóvenes y menores en situación de marginalidad social, por averiguación de identidad y otras detenciones no vinculadas a conductas delictivas.

  • Malos tratos y los allanamientos violentos de personas afrodescendientes y migrantes de otros países latinoamericanos por parte de las fuerzas de seguridad, denunciado por organizaciones de derechos humanos y sociales.


Tras este durísimo informe, que también toca puntos como demora en la tramitación de causas pendientes, o violencia dentro del servicio penitenciario, etc., la ONU pidió al Estado Argentino que antes del próximo mayo de 2018, ofrezca respuestas a las advertencias realizadas por el comité de la ONU, exhortando a la Argentina a confeccionar y comunicar un plan integral de seguridad debiendo abordar todos los temas con el objetivo de ser aplicado en el próximo periodo de presentación de informes.


Es importante remarcar, que este artículo NO intenta, bajo ningún punto de vista, reivindicar al DELINCUENTE, entendemos que si existe un hecho que trasgreda la norma deberá ser reprimido y castigado, con el fin de mantener la tan preciada paz social, pero también es necesario destacar, como hemos dicho anteriormente, que estas leyes y normas que se pretenden resguardar igualmente deben ser respetadas por las personas encargadas de brindarnos dicha seguridad. La coordinación contra la represión policial e institucional (CORREPI) conjuntamente con los familiares de víctimas de la represión policial, realizan anualmente estadísticas alarmantes con respecto a personas muertas en ocasión de conductas ilegales por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, destacando que la mayoría de las muertes corresponden a DETENCIONES ARBITRARIAS, haciendo un uso indebido de la averiguación de antecedentes, faltas o contravenciones, pudiendo atribuir generalmente la muerte de los demorados o detenidos a la aplicación de torturas y tormentos. Siendo muy alarmante la casi inexistencia de condenas a policías y personal penitenciario por el delito de “tortura seguida de muerte” tipificado por el art. 144 ter inciso 2º del código penal.


Finalmente, es fundamental entender que quienes infringen las leyes deben ser detenidos y juzgados por el hecho cometido, pero también debe existir una fuerza de seguridad que no se encuentre sospechada de cometer actos espurios, siendo que ostentan una ventaja y superioridad (en virtud de los especial de la tarea desempeñada) con relación al resto de los integrantes de la sociedad, debiendo enfatizar que su labor como "Funcionario Público" los coloca en un lugar de mayor responsabilidad y respeto frente al cumplimiento de las leyes.


Autor:

Gabriel Esteban Fernández

abogado.


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