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Responsabilidad de la empleadora por el accidente sufrido por el trabajador al ser insuficientes los

Partes: Belén Juan Marcelo c/ Inco S.R.L. y otros s/ ordinario – accidente con fundamento en el derecho común – recurso de casación Tribunal: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba Sala/Juzgado: Laboral Fecha: 20-ago-2015 Cita: MJ-JU-M-94563-AR | MJJ94563 | MJJ94563 Responsabilidad de la empleadora por el accidente sufrido por el trabajador al resultar insuficientes los elementos de protección entregados por la demandada.

Sumario:

1.-Corresponde mantener la condena de la empleadora en los términos del art. 1113 CCiv., pues si bien el juzgador reconoció que se entregaron elementos de protección -cascos, guantes, botas-, los reputó insuficientes para preservar la integridad psicofísica del trabajador, en atención a la naturaleza, modalidad de la tarea y lo concluido en la pericial técnica, según la cual debió proveerse como mínimo red o pantalla colectora, cinturones de seguridad, andamios con baranda. 2.-Cualquier concesión que el actor haga a alguno de los accionados liberándolos de su responsabilidad no exime a los otros que resultaron obligados por causas diferentes, salvo que logre agotar totalmente el derecho crediticio, pues no parece razonable que el acreedor se perjudique más allá de lo que ha sido su intención presumible. 3.-Cabe inferir que a través de los pactos llevados a cabo, el actor procuraba la satisfacción inmediata (aunque sea) de parte de su crédito, en función del delicado estado de salud en que quedó a raíz del accidente padecido y mientras laboraba a las órdenes de la impugnante; la solución propuesta no sería diferente si la obligación fuera solidaria pura, pues la renuncia parcial a la solidaridad efectuada por el acreedor en provecho de uno de los codeudores no afecta su carácter solidario porque lo prevé el art. 704 CCiv. Fallo: En la ciudad de Córdoba, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil quince, siendo día y hora de Audiencia, se reúnen en Acuerdo Público

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