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¿CUÁNTO CUESTA INICIAR UNA SUCESIÓN EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES?

En una entrega anterior hemos tratado el tema de costos sobre sucesiones en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dejamos el link para que aquel lector que se interese en dicho artículo pueda acceder a él para su lectura (sucesión en CABA)


Sin intención de ser reiterativo en el desarrollo del presente posteo, y con el objetivo de evacuar las dudas sobre el costo de una sucesión, en éste caso, sobre aquellos procesos que se inicien en la Provincia de Buenos aires, veremos que el primer interrogante que se hace toda persona interesada en abrir un proceso sucesorio es ¿CUÁNTO CUESTA INICIAR UNA SUCESIÓN?, esta pregunta, que parece tan sencilla, es difícil poder responderla en su totalidad, porque todo dependerá del caso concreto, debemos entender que no todos los procesos son iguales, no todas las sucesiones son idénticas en el universo tribunalicio, hay procesos que transcurren con total normalidad y otros que se llevan de forma conflictiva transformando a la sucesión en contradictoria y como consecuencia incrementando el valor de sus costos.


En este breve artículo trataremos única y exclusivamente de clarificar cuales son los gastos judiciales BÁSICOS en una sucesión de Provincia de Buenos Aires, dejando de lado los HONORARIOS PROFESIONALES DEL ABOGADO, en virtud que ese porcentaje deberá ser pautado con cada cliente en particular, donde el profesional del derecho evaluará múltiples factores, como por ejemplo: los bienes a suceder, la complejidad del caso si se trata de una sucesión litigiosa, las cantidad de herederos, etc. Tampoco ampliaremos sobre otro tipo de gastos que pudieran surgir, porque como hemos dicho con precedentemente, los costos SIEMPRE dependerán en gran parte del caso en concreto, porque cada sucesión tiene sus propias particularidades, por esta razón los gastos deberán estimarse al momento de entrevistarse el cliente con su futuro abogado, momento en que pueden aparecer ciertos gastos que en este detalle no estaremos contemplando, como por ejemplo: la necesidad de solicitar nuevas partidas de nacimiento, matrimonio, defunción, tasaciones, oficios, pericias, etc.

Dicho todo esto, abordaremos el tema que nos ocupa y develaremos cuales son los gastos aproximados de una sucesión en Provincia de Buenos Aires. Los valores que desarrollemos son los correspondientes al mes de JULIO 2022, debiendo ajustarse el monto al momento en que deba llevarse a cabo el proceso.


Lo primero que debemos saber es que los gastos en una sucesión se dividen en 2 etapas bien diferenciadas, la primera etapa corresponde a los GASTOS DE INICIO, en donde se presentará y abrirá el sucesorio, y la segunda etapa corresponde a los GASTOS DE INSCRIPCIÓN, en donde se inscribirán los bienes a nombre del nuevo titular en los diferentes registros. A fin de no agotar al lector con tanta información académica, en una próxima entrega brindaremos un artículo diferenciando las distintas etapas de éste proceso.


Sucesiones en Provincia de Buenos Aires.


Primera etapa: GASTOS DE INICIO:


Bono 8480……………………$2.200,00

JUS Previsional………….......$1.600,00

Informe de testamento…......$ 895,00

Publicación de Edictos……,.$ 350,00


En referencia a los gastos detallados precedentemente, el lector deberá tener en cuenta, que tal como hemos remarcado en varias oportunidades, el detalle de gastos es una SIMPLE ESTIMACIÓN, en virtud de no poder cuantificar de forma certera el monto a pagar, siendo que pueden surgir otros gastos en referencia al caso en particular o sufrir alguna modificación y/o actualización los ya descriptos. Por otro lado, sobre la sumatoria de gastos de inicio correspondientes a esta etapa, deberán contemplarse los HONORARIOS DEL PROFESIONAL interviniente, monto que representará un porcentaje de los bienes que ingresen en la sucesión. Este porcentaje será pautado entre el abogado y su cliente, surgiendo de una negociación particular y un posible plan de pago, y que será determinarlo por cada profesional.


Segunda etapa: GASTOS DE INSCRIPCIÓN:


Tasa de Justicia: El monto de esta tasa es del 2,2% del valor de los bienes a suceder, el pago de esta tasa dependerá de cuáles son los bienes que ingresan a la sucesión, y del asesoramiento de su abogado a fin de buscar la mejor opción para determinar dicho monto.


Sobre tasa: Si se trata de un bien inmueble el objeto de la sucesión, se deberá abonar una sobre tasa del 10% en concepto de bienes muebles que integran el inmueble, este porcentaje se estimará del monto resultante de la tasa.


Impuesto a la transmisión gratuita de bienes: Están alcanzadas las transmisiones a título gratuito entre padres, hijos o cónyuges, cuando superen la suma de pesos $ 1.344.000 y en transmisiones entre otros grados de parentesco o entre extraños, cuando superen la suma de $ 322.800.


Estado Parcelario y certificado ley 10.707: Es el acto por el cual el agrimensor constituye un estado de agrimensura integral que incluye la mensura de las parcelas, la revisión y actualización de su valuación fiscal y la confección de una cédula catastral, por lo que el valor dependerá de cada profesional agrimensor que se contrate a tal efecto.


Como puede observarse, ésta etapa final del proceso es muy difícil presupuestar sin saber cuáles son los bienes que integran la sucesión, la cantidad de herederos, si existen cesiones de derechos hereditarios, etc., porque todo dependerá de los bienes a suceder, dado que sobre ese total se deberán realizar las estimaciones. No hay que olvidar que dentro de esta etapa deberán abonarse los HONORARIOS correspondientes a ésta etapa final, dicho monto, debió ser determinados desde el comienzo de la sucesión y resguardado por medio de la firma previa entre el Cliente y el Abogado interviniente de un Convenio de Honorarios Profesionales en el cual deberán pactar el porcentaje de honorarios y la forma de pago de los mismos.


El objetivo de este artículo es evacuar someramente los fantasmas que rondan alrededor de los COSTOS DE UNA SUCESIÓN, pero será necesario que el interesado en abrir un proceso sucesorio se ponga en contacto con el profesional a fin de buscar la alternativa más ajustada a su realidad, pudiendo negociar honorarios y estimando de forma certera los gastos, teniendo en cuenta las particularidades de cada sucesión.


Podrá comunicarse con nuestro estudio llamando a los siguientes teléfonos (011) 4331-4032, 15-3102-9495 o por mail drfernandez@abogadosintegrales.com.ar

También puede contactar nuestra página web: www.abogadosintegrales.com.ar,


Autor:

Gabriel Esteban Fernández

Abogado

ESTUDIO ABOGADOS INTEGRALES

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